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Madrid: todo sobre la nueva Ordenanza de Movilidad Sostenible

24/10/2018 17:31

La nueva Ordenanza de Movilidad Sostenible cambia muchas cosas en Madrid en lo que a la circulación se refiere. Velocidad, aparcamiento, los patinetes eléctricos... Repasamos todas ellas para que nadie se quede fuera de juego.

La movilidad en Madrid cambia desde hoy miércoles, fecha prevista para la entrada de la nueva Ordenanza de Movilidad Sostenible. Lo primero es saber que el límite de velocidad para calles de un solo carril por sentido o de carril único pasa a ser de 30 kilómetros/hora, mientras que las calles donde también haya tráfico peatonal bajan su velocidad máxima a 20 kilómetros/hora.

Las bicicletas, medio de transporte que se quiere potenciar, pueden desde ahora girar hacia la derecha aunque los semáforos estén en rojo una vez señalicen sus intenciones. Además se permite la circulación en ambos sentidos tanto en calles residenciales como en las ciclocalles. Donde no podrán circular este tipo de vehículos será por la acera, salvo que se trate de un menor de 12 años acompañado por un adulto que vaya a pie. Para circular por la calzada el ciclista deberá ocupar la parte central del carril.

Los motoristas son otro de los colectivos que reciben novedades con la nueva Ordenanza de Movilidad Sostenible de Madrid. No podrán aparcar sus motos en la acera si hay banda de aparcamiento. El estacionamiento ha de hacerse en las zonas específicas y en las aceras que no tengan la mencionada banda siempre y cuando dejen más de tres metros libres a los peatones.

Los patinetes eléctricos, por fin regulados

La proliferación de los patinetes eléctricos ha hecho que la Ordenanza de Movilidad Sostenible de Madrid los tenga al fin en cuenta. Los hay de tres clases. En primer lugar están los de Tipo A, que son las plataformas de una o dos ruedas y patinetes con motor. Después los Tipo B, que son los tipo Segway -los turísticos solamente pueden ir en grupos de ocho más el guía, todos ellos con casco- y demás patinetes eléctricos. Y por último los Tipo C, que son bicicletas con cesta grande. Todos y cada uno de ellos puede circular en las calles que tengan un carril por sentido o un único carril en la que la velocidad permitida sea como mucho de 30 kilómetros/hora. Eso son el 85% de las calles de Madrid. No podrán circular por el resto de calles, espacios reservados a peatones, carriles bus y tramos de la M-30 sin semáforos. Su uso queda reservado para mayores de 15 años. Los menores sólo pueden usarlos si van acompañados de un adulto. Además, los menores de 16 años tienen que utilizar casco si circulan con un patinete Tipo A o B.

El aparcamiento de este tipo de vehículos debe realizarse en las zonas destinadas a ello. Si no las hay pueden usar las aceras siempre y cuando quede un hueco de más de tres metros de ancho en las mismas. Si la acera es de seis metros deben aparcar paralelos al bordillo. Si tiene más pueden hacerlo en ángulo junto al bordillo. Todo ello sin invadir nunca espacios peatonales próximos a paradas de autobús o taxi o reservas de otro tipo.

Carga y descarga y la nueva Zona de Aparcamiento Vecinal

La carga y descarga en Madrid recibe novedades al existir la posibilidad de habilitar zonas para ello en zonas residenciales para reparto domiciliario. Esto se debe a la expansión del comercio electrónico. Además habrá un control del tiempo de ocupación mediante un ticket electrónico, y se creará un registro electrónico para la distribución urbana de paquetes.

Además del SER -Servicio de Estacionamiento Regulado- aparecen las Zonas de Aparcamiento Vecinal -ZAV-. Se crearán bajo demanda en barrios con efecto frontera o zonas de alta densidad sin que suponga coste alguno para los residentes. Además los hospitales podrán solicitar zonas de aparcamiento de larga estancia al SER.

Los cambios que quedarán por aplicar

Además de esta nueva Ordenanza de Movilidad Sostenible, el día 30 de noviembre entra en vigor la zona conocida como Madrid Central, que impedirá entrar con el vehículo propio a la parte más céntrica de la capital. Además, el 24 de abril de 2019 será obligatorio lucir las etiquetas medioambientales de la DGT en todo momento.