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La DGT regulará la utilización de los patinetes eléctricos

18/10/2018 11:38

La DGT trabaja en una normativa que regule el uso de los patinetes eléctricos, un medio de transporte que ha proliferado mucho especialmente en las grandes ciudades. Hasta que ésta entre en vigor será cada Ayuntamiento el que aplique las normas que crea convenientes.

Los patinetes eléctricos son un medio de transporte muy útil para las grandes ciudades. Evitan el denso tráfico que se da en ellas y son mucho más sencillos de transportar que una bicicleta. Sin embargo viven en una especie de limbo en lo que a normativa se refiere. Por ello la DGT quiere crear una normativa para ellos. A día de hoy son los propios Ayuntamientos los que gestionan los problemas que se generan con ellos.

Ya se han dado casos de multas por circular por donde no deben o por conducirlos en estado de embriaguez, por lo que la DGT considera del todo necesario actuar antes de que haya que lamentar algo grave. Según Pere Navarro, director de la Dirección General de Tráfico, "todos los Ayuntamientos nos han pedido que demos cobertura jurídica a los vehículos de movilidad urbana que están apareciendo, que les reconozcamos como sea. Nos están pidiendo que los clasifiquemos a efectos de facilitar que ellos puedan hacer su propia regulación y en eso estamos, porque hay que hacerlo. Se darán unas normas muy básicas con el objetivo de que tengan una cierta personalidad jurídica".

Esta nueva normativa se va a instaurar mediante una reforma de la Ley de Seguridad Vial, y entrará en vigor sólo cuando esté completa. Hasta ese momento los diferentes Ayuntamientos serán los que apliquen sus normas como hasta ahora.

A día de hoy, por ejemplo, Madrid distingue tres tipos de vehículos de movilidad urbana. Los tipo A son los patinetes eléctricos pequeños y pueden circular por ciclocalles, carriles bici protegidos, pista bici, aceras bici y calzadas de calles residenciales con velocidad limitada a 20 kilómetros/hora y en aceras y parques a velocidad de 5 kilómetros/hora. Los tipo B son los Segway y patinetes eléctricos grandes, que deberán llevar timbre, luces y elementos reflectantes para circular por la calzada en las calles de la Zona 30, a una velocidad máxima de 30 kilómetros/hora. Los tipo C son las bicicletas con cesta grande, trixies o pasajeros y podrán circular por la calzada a 30 kilómetros/hora, si bien su teórico límite es de 45 kilómetros/hora. La edad mínima para conducirlos es de 15 años, uno menos que en Barcelona, donde los patinetes eléctricos pueden circular a un máximo de 10 kilómetros/hora en calles peatonales, parques y carriles bici situados en la acera. Por los carriles bici podrán alcanzar 30 kilómetros/hora, y en todos los casos con casco. Eso significa que no pueden ser utilizados en aceras normales o en la calzada ordinaria. También tenemos el caso de Valencia, donde se les permite circular por algunas calles a velocidades de hasta 30 km/h.