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Un concesionario, condenado por el retraso en la entrega de un coche

28/12/2017 13:02

El juzgado de Primera instancia nº 2 de Fuenlabrada, Madrid, ha condenado a la entidad Gamboa Ecoauto S.A a indemnizar a un socio de AEA –Automovilistas Europeos Asociados– por perjuicio económico. El socio había comprado un automóvil destinado al servicio de taxi y sufrió un retraso en la entrega, que le privó de la posibilidad de usar el vehículo durante dos días.

No es extraño que un concesionario se retrase en la entrega de un coche nuevo. Hay multitud de factores, como el transporte, que pueden conllevar este tipo de sucesos. Cuando se trata de un particular, lo máximo que puede conllevar son molestias personales, pero no si el vehículo está destinado a un fin profesional como es el taxi, cuyo inconveniente puede llegar a ser económico.

Así ha ocurrido con un socio de Automovilistas Europeos Asociados, que adquirió un turismo en el concesionario Gamboa Ecoauto S. A. con la finalidad de usarlo como taxi. Dicho concesionario se retrasó en la entrega del vehículo, lo que provocó un perjuicio económico. Así lo recoge la sentencia del juzgado de Primera instancia nº2 de Fuenbrada, Madrid, que además ha condenado al concesionario a indemnizar con 735,30 euros más intereses al mencionado socio de AEA.

Dicha sentencia también afirma que el vehículo se entregó un día después de la fecha pactada, lo cual motivó un retraso de dos días en la obtención de la correspondiente licencia municipal de taxi. Un tiempo durante el cual el automóvil no se pudo usar para la finalidad para la que se adquirió, una demora que causó pérdida de ingresos a los dos conductores que compartían taxi.

El concesionario ha alegado que el retraso fue de sólo unas horas y que por ello no se había causado ningún perjuicio al taxista. No obstante, la sentencia considera que, como consecuencia del aplazamiento en la entrega –reconocido por la vendedora–, el comprador del vehículo destinado a cubrir los servicios de taxi como medio para obtener ingresos de forma profesional no pudo disponer del mismo durante dos días, lo que comporta un perjuicio para su titular que debe ser indemnizado.

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