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¿Qué pasa si recibo una multa de una persona que ha fallecido?

Las sanciones son personales y no se pueden heredar
El procedimiento a seguir depende del origen y del autor real de la multa
Qué hacer con una multa si el infractor ha fallecido - SoyMotor.com
Qué hacer con una multa si el infractor ha fallecido
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05 Jun 2023 - 13:21

Puede ocurrir que nos llegue a casa una multa de Tráfico que, o bien venga a nombre de una persona que ha fallecido ya que era la propietaria del vehículo, o quizá el vehículo esté a nuestro nombre pero quien conducía en ese momento era esta persona que ya no puede asumirla. Te contamos lo que hay que hacer en estos casos.

No es de buen gusto que llegue un multa de Tráfico a casa, pero mucho menos si nos trae recuerdos o está relacionada con una persona que, por desgracia, ha fallecido recientemente. Lo cierto es que pasa más de lo que parece y aquí te vamos a exponer distintas situaciones que pueden darse y cómo afrontarlas.

Una de la posibilidades relacionadas con lo anterior es que llegue a tu casa una multa a nombre de un familiar que ha fallecido. Esto ocurre porque es el titular del vehículo todavía, pero no necesariamente tiene por qué ser el infractor.

En caso de que sí sea el autor de la sanción, al tener éstas un carácter personal, habrá que trasladar a la administración el certificado de defunción y, con ello, pedir que se elimine la obligación de pagarla. Es decir, que no se heredan este tipo de multas. Es posible que tengas que recurrir a los tribunales con testigos y pruebas si Tráfico insiste en el pago.

Si no conducía esta persona, lo que debes hacer es facilitar a la Dirección General de Tráfico los datos de la persona que conducía el coche, para que se ponga la sanción a nombre del infractor real.

Sanción a persona que ha fallecido - SoyMotor.com

Y recuerda que ese vehículo sólo puede ser utilizado durante 90 días, desde el fallecimiento, antes de ser asignado a otra persona como titular, bien el heredero o la persona que se haga responsable del mismo mientras se llega a un acuerdo con la herencia. Es decir, que pasado este plazo te pueden sancionar con 200 euros si te pillan conduciéndolo.

También puede ocurrir al revés. El vehículo está a tu nombre y un familiar o amigo, ya fallecido en cualquier circunstancia, era quien conducía el coche en el momento en el que se produjo la infracción.

En este caso, habrá que aportar el certificado de defunción de esta persona para no abonar la multa, ya que las sanciones son personales e intransferibles. Como te decíamos antes, es posible que Tráfico no te lo ponga fácil y trate de cobrar por todos los medios.

Tu opción vuelve a ser recurrir por la vía judicial y que los tribunales te acaben dando la razón. Obviamente vas a necesitar testigos o cualquier otra prueba que demuestre que el ya fallecido era quien conducía tu automóvil cuando se produjo la infracción.

1 comentarios
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05 Jun 2023 - 22:59

Por eso mismo te la envían, porque no se la pueden cobrar al muerto. La banca española es experta en esas triquiñuelas, con sus comisiones de mantenimiento. Se hacen los locos cuando les comunicas el deceso y a los años vuelven al taque, a ver si cuela y normalmente cuela, intereses incluidos, si no denuncias, y es bastante complicado y costoso demostrarlo ante un juez. Pues estos parásitos hacen igual que los otros. Saber lo saben y lo intentan a ver si cuela...

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