ACTUALIDAD

Sentencia contra la DGT: anulada una multa al no identificar al conductor

07/02/2020 17:16

Un juzgado ha anulado una multa de velocidad impuesta a un conductor después de que éste no haya identificado a quién estaba al volante en el momento de la infracción. Se trata de una sentencia que puede marcar un antes y un después en estos casos.

Desde la entrada en vigor del carnet por puntos existe la obligatoriedad de identificar al conductor que comete una infracción para que pague la multa y se le resten los puntos que correspondan del carnet. En el caso de no hacerlo se da por hecho que el dueño del vehículo ha de pagar la multa. Hasta ahora, porque ha salido a la luz una sentencia contra la DGT que ha anulado una sanción por exceso de velocidad en la que el dueño del coche se negó a identificar al que lo conducía en ese momento.

Hace unas semanas el helicóptero Pegasus sorprendió al coche protagonista de esta historia mientras circulaba a 160 kilómetros/hora en una autopista limitada a 120. La sanción era clara, 300 euros en el plano económico y la detracción de dos puntos del permiso de conducir.

El dueño del coche se negó tanto a pagar la multa como a identificar al conductor que en ese momento estaba al volante. Por ello le pidió a su abogado que recurriese la misma. Ahora, el Juzgado de lo Contencioso Administrativo número 6 de Madrid ha emitido una sentencia contraria a los intereses de la DGT que sienta un precedente histórico en nuestro país.

Según ha determinado la justicia, no se sabe a ciencia cierta quién conducía el vehículo en el momento de la infracción, con lo que es imposible identificar a la persona responsable del acto. Obviamente el dueño del coche no tiene que cargar con la losa, puesto que de ser así se vulneraría su presunción de inocencia. El juez que ha evaluado el caso considera esta posible violación más importante que la obligatoriedad de identificar al conductor infractor.

Tal y como informa Autopista, el juez ha señalado que "no existe prueba en el expediente administrativo de que el recurrente fuera el conductor del vehículo", de tal forma que tanto la sanción económica como la detracción de puntos del carnet han quedado anuladas.