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¿De quién es la responsabilidad en un accidente con animales?

05/06/2020 12:11

En el caso de tener la desgracia de sufrir un accidente con animales, ¿quién es el responsable? En función de las circunstancias puede ser o no el conductor. Te lo contamos.

Los accidentes con animales en la carretera son algo tan común como peligroso. Si no logramos evitar el siniestro, obviamente a alguien se le va a considerar responsable del mismo. Pero, ¿a quién?

Según la Ley 6/2014, de 7 de abril, el conductor es el responsable único y absoluto de las consecuencias derivadas del accidente ocasionado por una especie cinegética, siendo éste el responsable de los daños a personas o bienes sin que pueda reclamarse por el valor de los animales afectados. Existen, eso sí, dos excepciones en las que la responsabilidad no recae sobre el conductor.

La primera excepción tiene que ver con que el accidente con animales se produzca como consecuencia directa de una acción de caza colectiva de una especie de caza mayor llevada a cabo el mismo día o que haya concluido 12 horas antes, caso en el que el responsable sería el propietario del terreno.

En segundo lugar, el conductor queda exento de responsabilidad si el accidente con animales se produce porque no se haya reparado una valla de cerramiento en plazo, o bien por no disponer de la señalización específica de animales sueltos. En este último caso el responsable sería el titular de la vía.

El Código Civil recurre al artículo 1.905 en caso de que el accidente se produzca con un animal doméstico, en cuyo caso el responsable es su dueño. "El poseedor de un animal, o el que se sirve de él, es responsable de los perjuicios que causare, aunque se le escape o extravíe. Sólo cesará esta responsabilidad en el caso de que el daño proviniera de fuerza mayor o de culpa del que lo hubiese sufrido". El Race recuerda además que hay una responsabilidad civil por el daño que cause el animal que puede convertirse en penal si en el accidente hay heridos o fallecidos.

Por último, apuntar que los seguros ofrecen por norma general una cobertura de daños propios por impacto contra animales cinegéticos como garantía optativa de las pólizas básicas, lo que no implica la necesidad de tener un seguro a todo riesgo.