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Nueva ITV: los cambios que trae y las multas que puede acarrear

31/05/2021 14:37

La nueva normativa de la ITV entra en vigor a partir del día 1 de junio. Contempla detalles más estrictos, una adaptación al Brexit para los vehículos procedentes del Reino Unido y multas de hasta 500 euros.

Las normas de la ITV se vuelven más estrictas a partir del día 1 de junio. Además de adecuarlas a las nuevas tecnologías de los vehículos y especificar de una forma más clara y precisa los procesos de revisión, se endurecen algunos de los criterios referentes a otros elementos más clásicos.

Hasta ahora un fallo en el sistema antibloqueo de frenos, el ABS, se consideraba como algo leve. Desde ahora se va a tomar como un defecto grave. El mismo cambio de consideración recae sobre los espejos retrovisores y su sistema de sujeción. Si hay riesgo de desprendimiento se anotará como problema grave. Cabe recordar que los defectos graves son aquellos que provocan el rechazo a superar la ITV e inhabilitan al vehículo para circular por la vía pública salvo para acudir al taller.

Otra de las cosas que cambia es que desde ahora será posible comprobar los datos del permiso de circulación si éste no se presenta físicamente en la estación de la ITV a través del Registro General de Vehículos de la Dirección General de Tráfico.

También influye en la nueva ITV el Brexit, ya que todos los vehículos que procedan del Reino Unido que se quieran matricular en España se considerarán unidades llegadas de terceros países. Esto obligará a los respectivos dueños a realizar los trámites de importación necesarios.

 

LAS MULTAS POR NO SUPERAR LA ITV

La nueva ITV contempla sanciones económicas en diferentes supuestos. Por ejemplo, un coche que la tenga caducada y sea sorprendido por las autoridades le supondrá a su dueño una sanción de 200 euros tanto si el coche circula en ese momento como si está estacionado, ya sea en la vía pública o en un garaje.

El mismo importe tendrán que pagar los dueños sorprendidos con una ITV desfavorable. En este caso uno está obligado a reparar los defectos graves en un plazo máximo de dos meses y el vehículo no tiene permitido circular más que para acudir al taller.

En el caso de que estos defectos sean de tal magnitud que el coche no tenga permitido abandonar la estación de la ITV –la valoración se considera negativa en tal caso– la multa será de 500 euros. Ante esta situación sólo cabe el transporte del vehículo al taller por medio de una grúa.