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Nuevo límite de velocidad: 30 kilómetros/hora en ciudad en calles de un carril

10/11/2020 16:50

El Consejo de Ministros ha aprobado este martes una batería de novedades en materia de seguridad vial. Destaca una revisión del límite de velocidad en vías urbanas, que pasará a ser de 30 kilómetros/hora en toda España salvo en aquellas vías con dos o más carriles por sentido, que mantendrán los 50 kilómetros/hora actuales.

El Gobierno también ha incrementado las penalizaciones por determinadas infracciones al volante. Usar el teléfono móvil con una mano será sancionado con 6 puntos en el carné de conducir, en vez de los 3 actuales. Estar en posesión de un detector de radares también será motivo de penalización, indistintamente de si está encendido.

El Ejecutivo también ha suprimido la posibilidad de que turismos y motocicletas rebasen en 20 kilómetros/hora el límite genérico de velocidad cuando quieren efectuar un adelantamiento en carreteras convencionales. Cuando entre en vigor esta medida, el límite de la vía deberá respetarse en todo momento.

El ministro del Interior, Fernando Grande-Marlaska, ha justificado la reducción de la velocidad en las vías urbanas por el incremento de la mortalidad en las mismas en el año 2019, en el que se registró un incremento de casi el 7%. Con una rebaja de 50 a 30 kilómetros/hora, el riesgo de morir en caso de atropello se reduce cinco veces.

Los nuevos límites de velocidad serán:

  • 20 kilómetros/hora en vías en la que calzada y acera estén al mismo nivel.
  • 30 kilómetros/hora en vías con un único carril por sentido de circulación.
  • 50 kilómetros/hora en vías con dos o más carriles por sentido de circulación.

Estas restricciones no se aplicarán hasta pasados seis meses de la publicación de este Real Decreto en el Boletín Oficial del Estado, a fin de que la ciudadanía pueda familiarizarse con la nueva normativa y que las administraciones locales puedan adaptar la señalización.

El Real Decreto también abarca a los vehículos de movilidad personal –patinetes y derivados–, que tendrán prohibida su circulación por las aceras y las zonas peatonales. Se les aplicará el Reglamento General de Circulación, por lo que deberán respetar la normativa. También deberán disponer del correspondiente certificado de circulación.

 

CAMBIOS EN EL CARNÉ POR PUNTOS

El carné por puntos entró en vigor en el año 2006, ahora hace 14 años. Para adecuar el sistema a los nuevos tiempos, el Consejo de Ministros ha aprobado diversas reponderaciones que quieren atajar las distracciones al volante, que son la principal causa de siniestralidad desde el año 2016.

El uso del teléfono móvil con una mano supondrá una penalización de 6 puntos, el doble respecto a la sanción actual. El Ejecutivo constata que el uso del mismo ha cambiado desde 2006 por la proliferación de la conectividad móvil y las aplicaciones de mensajería.

No usar el cinturón de seguridad, los sistemas de retención infantil, casco u otros elementos de seguridad, o usarlos indebidamente, conllevará 4 puntos en vez de los 3 actuales. 116 de los fallecidos en accidente de tráfico en 2019 en turismo o furgoneta circulaban sin cinturón.

Estar en posesión de un detector de radares conllevará una penalización de 3 puntos. En la actualidad, las autoridades sólo pueden sancionar al conductor si pueden demostrar que estaba usando el aparato. Con esta modificación, la mera presencia del dispositivo en el vehículo implicará sanción.