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La DGT podría cambiar el margen de error de los radares

El objetivo es reducir los recursos de las multas ante los tribunales
La AEA asegura que no se están correctamente los márgenes de error
El cambio a 90 kilómetros/hora en carreteras convencionales podría suponer un problema
radar-movil.jpg
Rafael Alonso
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25 Mar 2019 - 12:28

Tráfico estudia modificar el margen de error de los radares de velocidad para evitar alegaciones en las multas. Así lo ha asegurado su director, Pere Navarro, en relación a las últimas sentencias sobre las sanciones interpuestas con motivo del cambio de velocidad máxima permitida en carreteras convencionales.

En la actualidad, la Dirección General de Tráfico –DGT– aplica un margen de error del 7 kilómetros/hora a las multas de velocidad en los tramos limitados a menos de 100 kilómetros/hora, y de un 7% para los excesos de velocidad por encima de 100 kilómetros/hora. No obstante, con el descenso de velocidad máxima a 90 kilómetros/hora en carreteras convencionales, la organización Automovilistas Europeos Asociados –AEA– asegura que no se están aplicando de manera correcta estos márgenes, lo que ha llevado a gran número de conductores sancionados a recurrir sus multas ante los tribunales.

En este sentido, el director general de la DGT, Pere Navarro, ha asegurado en una entrevista concedida a Europa Press que no descarta modificar los márgenes de error de los radares en carreteras para evitar las apelaciones de los sancionados: “Si hay que dar más margen, se da más margen y no pasa nada, lo que queremos es evitar discusiones evitables”.

Según una sentencia del Juzgado de lo Contencioso Administrativo número 1 de Pontevedra, "la velocidad que aparece sobreimpresionada en las fotografías debe corregirse en función del margen de error del cinemómetro", en que variará en función de si éste está ubicado en una cabina fija, en un trípode, o en un vehículo, ya sea estacionado o en movimiento. Así, "si la velocidad del vehículo detectada por el cinemómetro es igual o inferior a 100 kilómetros/hora, deben restársele 5 kilómetros/hora si la medición la realizó en posición estática o en 7 kilómetros/hora si la efectuó desde vehículo en movimiento".

En el caso del recurso presentado ante el tribunal gallego, el radar estaba ubicado en un vehículo, pero se desconoce si éste estaba parado o en movimiento, por lo que se deberá aplicar el mayor margen de error –7 kilómetros/hora para cinemómetros en movimiento–, según la sentencia.

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25 Mar 2019 - 19:23
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Deberían estár bien calibrados o cambiarlos si no van correctamente

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