F1

Versión actualizada del reglamento

¿Un equipo sin motor? La FIA detalla cómo le asignará uno

Medida para evitar que vuelva a ocurrir el caso Red Bull 2015
Honda tiene hasta el 6 de mayo para anunciar nuevos equipos a los que suministrar
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Martí Muñoz / Miguel A. Fernández
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24 Ene 2017 - 19:45

La FIA ha emitido una versión actualizada del Reglamento Deportivo y Técnico de la temporada 2017 de Fórmula 1. Además de introducir novedades en los criterios de los comisarios, que ahora serán más permisivos para incentivar las peleas en pista, la Federación también ha incluido un apéndice revelador sobre el suministro de motores para el periodo 2017-2020.​

París ha aportado más detalles sobre cómo funcionará el proceso de asignación de motores en caso de que un equipo no disponga de un contrato en vigor. Se trata de una nueva medida para evitar que se repita el episodio que Red Bull vivió en 2015, cuando tras romper con Renault vio como ningún fabricante le cedía su unidad de potencia.

Mercedes, Ferrari, Renault y Honda tienen hasta el 15 de mayo para notificar a la FIA a qué equipos equiparán 2018. La FIA ha creado una variable bautizada como ‘Mínimo de Equipos Suministrados’ que responde a la siguiente ecuación.

T= 11-A/B-C

‘11’ equivale al número de equipos en la parrilla. A representa los equipos con un contrato concluido para la temporada dada con un nuevo fabricante. B representa el número de fabricantes en la parrilla. C representa el número de nuevos fabricantes existentes en la parrilla.

En caso de que un equipo quede sin propulsor, la FIA mediará y le asignará el motor que en ese momento tenga menos equipos clientes. Si existen un empate entre dos fabricantes, se producirá un sorteo.

 

SUMINISTRO DE UNIDADES DE POTENCIA PARA LAS TEMPORADAS 2017 A 2020

La FIA a través de su reglamento modificado explica cómo funcionará el sistema de sorteo de motores así como también establece el límite para la notificación de los cambios de motor de cara a 2018.

"A) Como parte del procedimiento de homologación del Apéndice 4 del Reglamento Deportivo, cualquier fabricante de unidad de potencia que desee suministrar unidades de potencia a un equipo debe:

i) notificar por escrito a la FIA su intención de hacerlo a más tardar el 6 de mayo (o cualquier otra fecha acordada por escrito entre todos los Fabricantes de la Unidad de Potencia y la FIA) anterior al año durante el que tales unidades de potencia serán suministradas".

ii) Acordar estar obligados a cumplir con las disposiciones del Código, del Reglamento Técnico, del Reglamento Deportivo, del Reglamento Judicial y Disciplinario y de todas las demás normas y / o reglamentos pertinentes y aplicables de la FIA (como complemento o enmendado de vez en cuando) y;

iii) Acordar estar sujetos a la jurisdicción de los órganos judiciales y disciplinarios internos de la FIA".

 

SISTEMA DE SORTEO

En cuanto al sistema de sorteo que la FIA utilizaría si un equipo se queda sin motor, el organismo establece lo siguiente:

"B) No se puede usar ninguna unidad de potencia en una temporada determinada a menos que el fabricante de la unidad de potencia que suministre dicha unidad de potencia acepte y se adhiera a las siguientes condiciones.

Cada uno de los Fabricantes de la Unidad de Potencia de una unidad de potencia homologada debe:

i) proporcionar a la FIA, antes del 15 de mayo (o cualquier otra fecha acordada por escrito entre todos los fabricantes de la unidad de potencia y la FIA) de la temporada anterior a aquella en la que se suministrarán dichas unidades de potencia, la lista de equipos (identificando claramente al equipo "fábrica / fábrica" designado, en su caso) al cual se haya firmado un contrato de suministro para la temporada.

ii) si la FIA lo solicita antes del 1 de junio (o cualquier otra fecha acordada por escrito entre todos los fabricantes de unidad de potencia y la FIA) de la temporada anterior a aquella en la que dichas unidades de potencia debían suministrarse, suministrar al menos un número de equipos ("T") igual a la siguiente ecuación:    T = 11^1 - A/B - C 

-A = Número total de equipos (incluidos los equipos de fabricantes) con un contrato de suministro concluido para la temporada dada con un nuevo fabricante de unidades de potencia. - B = Número total de fabricantes de unidades de potencia homologadas para la temporada. - C = Número total de nuevos fabricantes de unidades de potencia para la temporada de campeonato.

De esta forma, si el resultado contiene una fracción, la fracción contará como un equipo completo (por ejemplo, 11 equipos divididos por 4 fabricantes = 2,75, cada fabricante deberá, si así lo solicita la FIA, suministrar al menos 3 equipos).

Al hacerlo, la FIA asignará primero el suministro de la unidad de potencia entre los fabricantes de unidad de potencia que estén suministrando el menor número de equipos. Si hay más de un fabricante de unidad de potencia que suministre el menor número de equipos (es decir, en la misma posición) y / o más de un equipo que solicite un suministro, la asignación entre dichos fabricantes se sorteará por papeleta. Se efectuará a través de la FIA en presencia de un representante de cada uno de los fabricantes de la unidad de potencia y del nuevo equipo de cliente interesado). Cualquier asignación efectuada por la FIA tendrá que formalizarse mediante un acuerdo de suministro con el equipo en cuestión a más tardar el 1 de agosto (o cualquier otra fecha acordada por escrito entre todos los fabricantes de unidad de potencia y la FIA). Un nuevo fabricante no estará obligado a cumplir con esta obligación de suministro como se ha indicado anteriormente.

C) La FIA tendrá derecho a solicitar a un fabricante de unidad de potencia que suministre un equipo ("Nuevo equipo cliente") con una unidad de potencia bajo los términos de este Apéndice, excepto si, en la fecha establecida en los artículos a) y b) anteriores:

- Dicho equipo ha firmado un contrato de suministro con un fabricante de unidad de potencia para una temporada determinada antes de la fecha establecida en los artículos a) y b) anteriores y

- a dicho equipo se le ha concedido un derecho, bajo una oferta actualmente vinculante con un fabricante de unidad de potencia, que se suministrará con una unidad de potencia para una temporada determinada".

2 comentarios
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25 Ene 2017 - 10:54
Comment
#1 Lo he leído rápido, pero creo que no dice nada de la versión del motor y el precio de este. A las ... Ver comentario
Yo lo leí todo y efectivamente no obliga a un tipo o vetsion de motor, no establece un control de presios ni se habla de actualizaciones. No creo que le vayan a cpbrar el doble por un motor, pero si veo muy ptobable que no le den un motor de ese año o en todo caso, no se pacten actualizaciones. Si nosone,os a buscar rl porque un equipompuede quedarse sin motores, además de ptoblemas económicos, podría muy bien deberse a acuerdos de cambio de proveedor a largo plazo ( lo de Sauber, que lkevaria Honda en 2018) y sl motorizador no le interesa transferir tecnología, o casos de ruptura relativa entre partes (las declaraciones de Marko este año porovocaron la crisis en ToroRosso), en todo cado el equipo tendra bien claras las razones.
24 Ene 2017 - 20:37
Comment

Lo he leído rápido, pero creo que no dice nada de la versión del motor y el precio de este. A las malas, los motoristas podrían vender un motor de hace 2 temporadas por el doble de precio. Lo que tendría que fijar la FIA es el precio por motor y temporada, para que los constructores no se aprovechen dando motores capados a otros equipos.

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