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Multas por circular por el carril izquierdo: ¿justicia o exceso?

El Reglamento de Circulación lo considera una infracción grave
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José Miguel Vinuesa
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30 Mar 2018 - 13:02

Hace unos días volvió a saltar la noticia: la DGT puede multar a los conductores que no circulen por el carril más a la derecha de la vía por la que transitan, y nada menos que con una sanción de 200 euros. Parece que fuese algo nuevo, pero en realidad es una conducta que viene recogida y sancionada desde hace mucho tiempo en la normativa de tráfico.

Veamos. El art. 16 de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial, referido al uso de carriles, determina lo siguiente:

"1. El conductor de un automóvil, que no sea un vehículo para personas de movilidad reducida, o de un vehículo especial con la masa máxima autorizada que reglamentariamente se determine, debe circular por la calzada y no por el arcén, salvo por razones de emergencia, y debe, además, atenerse a las reglas siguientes:

a) En las calzadas con doble sentido de circulación y dos carriles, separados o no por marcas viales, debe circular por el de su derecha.

b) En las calzadas con doble sentido de circulación y tres carriles, separados por marcas longitudinales discontinuas, debe circular también por el de su derecha, y en ningún caso por el situado más a su izquierda.

c) Fuera de poblado, en las calzadas con más de un carril reservado para su sentido de marcha, debe circular normalmente por el situado más a su derecha, si bien podrá utilizar el resto de los de dicho sentido cuando las circunstancias del tráfico o de la vía lo aconsejen, a condición de que no entorpezca la marcha de otro vehículo que le siga.

Cuando una de dichas calzadas tenga tres o más carriles en el sentido de su marcha, los conductores de camiones con masa máxima autorizada superior a la que reglamentariamente se determine, los de vehículos especiales que no estén obligados a circular por el arcén y los de conjuntos de vehículos de más de siete metros de longitud, deben circular normalmente por el situado más a su derecha, pudiendo utilizar el inmediato en las mismas circunstancias y con igual condición a las citadas en el párrafo anterior.

d) Cuando se circule por calzadas de poblados con al menos dos carriles reservados para el mismo sentido, delimitados por marcas longitudinales, puede utilizar el que mejor convenga a su destino, pero no debe abandonarlo más que para prepararse a cambiar de dirección, adelantar, parar o estacionar.

2. Para el cómputo de carriles, a efectos de lo dispuesto en el apartado anterior, no se tendrá en cuenta los destinados al tráfico lento ni los reservados a determinados vehículos, en los términos que reglamentariamente se determine."

Es decir, que siempre hay que usar el carril de la derecha como principio básico, si bien pueden usarse los demás "cuando las circunstancias del tráfico o de la vía lo aconsejen, a condición de que no entorpezca la marcha de otro vehículo que le siga". Esto viene reiterado en el art. 31 del Reglamento General de Circulación, que establece que:

"El conductor de un automóvil o de un vehículo especial con masa máxima autorizada superior a 3.500 kilogramos circulará por la calzada y no por el arcén, salvo por razones de emergencia. Además, fuera de poblado, en las calzadas con más de un carril reservado para su sentido de marcha, circulará normalmente por el situado más a su derecha, si bien podrá utilizar el resto de los de dicho sentido cuando las circunstancias del tráfico o de la vía lo aconsejen, a condición de que no entorpezca la marcha de otro vehículo que le siga".

Establecido el marco legal, el incumplimiento de estas normas supone una infracción grave. Ahora bien, no se multa por el uso del carril izquierdo, o en su caso del central, sino por hacerlo obviando las circunstancias del tráfico o de la vía, o entorpeciendo la marcha de otro vehículo. El ejemplo más claro y extremo es el conductor que circula por el carril izquierdo a una velocidad lenta y provoca el colapso del carril. O bien, aquél que, a pesar de poder circular por la derecha, lo hace sistemáticamente por el izquierdo –o central-.

Visto así, muchos se frotarán las manos: adiós a los lentos de los carriles centrales o izquierdos. Pero como hemos dicho, si se circula sistemáticamente por un carril que no sea el de la derecha, en una circunstancia no motivada por la vía o el tráfico, es también sancionable. Hasta hace unos años, los agentes de tráfico tan sólo realizaban una advertencia al conductor, y le recordaban que circulase por la derecha. Pero ahora, esta conducta se vigila más severamente por las autoridades.

Y eso no significa que no se pueda utilizar el carril de la izquierda, pero deberá hacerse fundamentalmente para adelantar a un vehículo más lento, y una vez rebasado volver al carril derecho. No sirve tampoco el que haya varios vehículos dispersos por el carril de la derecha y aprovechemos para adelantarlos a todos de una sola vez, manteniéndonos a la izquierda: hay que rebasar uno a uno, regresando siempre a la derecha. Y por cierto, nunca hay que adelantar por la derecha, si hay un vehículo lento en carril izquierdo o central. Así, si circulamos por la derecha, y un vehículo va más lento por el carril central, debemos ir hasta el carril izquierdo, rebasar, y volver al derecho.

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La cuestión fundamental es cómo controla la DGT estas maniobras. Porque para poder sancionar, habrá que justificar que el uso del carril derecho es sistemático y no justificado por el tráfico o la vía. Eso es relativamente fácil si la carretera no tiene una gran densidad de tráfico, pero, ¿cómo razonarlo si tiene mucho volumen de vehículos? La única manera que se nos ocurre es, o bien porque una patrulla nos lleva vigilando un tiempo, o bien porque el famoso Pegasus nos sigue desde el aire, y detectan así que nuestra circulación es incorrecta. Con un radar fijo, por ejemplo, nos parece que la justificación no es posible, al no poder valorar si se estaba adelantando u otras circunstancias imprevistas que nos han llevado a usar esos otros carriles.

Por lo tanto, es un primer escollo que solventar para que la sanción sea justificada. Por otro lado, el supuesto en el que la vía se encuentra con una densidad de tráfico prácticamente nula, el hecho de que circulemos por un carril o por otro podría ser visto con menor severidad. Cierto, siempre hay que ir por el derecho, pero en el caso concreto que mencionamos, en ningún caso se entorpece el tráfico. Y puede además haber un motivo cuanto menos de seguridad para ser más laxos: de todos es sabido que el carril derecho es el usado por los vehículos de transporte pesado, por lo que suele ser la zona más castigada del asfalto. ¿No sería más seguro circular por el central o izquierdo? Insistimos, en casos en el que la vía está, por así decirlo, desierta.

Por el contrario, podemos valorar positivamente la intención de la DGT con la activación de esta sanción. Porque se trata de una conducta altamente repetida en nuestras carreteras, y que demuestra muy poco civismo y educación al volante. Además de provocar la congestión de la vía, suele producir frenazos y acelerones, y con ello aumenta el riesgo de alcances. Los conductores que circulan a una velocidad notoriamente inferior a la permitida por la vía no dudan en invadir el carril central o el izquierdo, por alguna razón. Y del mismo modo, no son pocos los que se empeñan en circular a velocidades elevadas por el carril izquierdo, como si la vía fuera suya y el resto de usuarios un conjunto de ‘inútiles’ que no saben conducir.

Puede que la multa te parezca elevada por una conducta que, a priori, parece no suponer un elevado riesgo para la circulación. Pero la normativa es clara, y del mismo modo que nos ponemos el cinturón o respetamos la velocidad máxima, debemos empezar a circular de manera correcta por nuestras carreteras. La fluidez en el tráfico será a todas luces mejor.

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43 comentarios
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30 Mar 2018 - 15:47
deberia la DGT controlar mucho mas este tema poruqe hay cantidad de conductores, cada dia mas,que se apalancan en los carriles izquierdos creando peligro conscientemente.
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30 Mar 2018 - 14:39
Hay impunidad en circular por donde se quiera. Todavía hay mucha gente que dice que el carril derecho es para los camiones y no para los lentos
30 Mar 2018 - 14:17
Me parece bien, hay muchos que "entorpecen" durante kilómetros. En otros países ya lo hacen. Aunque reconozco que alguna vez me he quedado a la izquierda por las malas condiciones del derecho, pero pendiente al retrovisor para cambiarme si fuera necesario.
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